Tras el Tratado de Westfalia, la religión dejó de ser invocada como la causa de las guerras en Europa, imponiéndose el pragmatismo de las relaciones internacionales que invocan intereses más secularizados para ellas, como había reclamado Nicolás Maquiavelo en su famoso tratado El Príncipe. Esta obra para algunos marca el comienzo de la modernidad, y su estela fue continuada por los fundadores del derecho de gentes, el holandés Hugo Grocio o, desde un punto de vista opuesto, la neoescolástica Escuela de Salamanca.

La supuesta incapacidad (discutida ya en la época) de las civilizaciones no occidentales para adecuarse a los conceptos jurídicos que conducen o se identifican con la modernidad (propiedad, seguridad jurídica, estado de derecho) es una de las cuestiones más interesantes de la historia comparada de las civilizaciones (véase interpretaciones de la historia de China).

La naturaleza del hombre y su condición de animal social, que se había iniciado en la filosofía griega, no había sido ajena al pensamiento medieval, pero su reaparición como punto central del mismo espíritu de la Edad Moderna es plenamente propio de esta época, y su debate intelectual se suscitó en parte por el impacto de la diversidad cultural mostrada por los descubrimientos y su reverso cruel (colonialismo, tráfico de esclavos) dando origen a productos intelectuales como el mito del buen salvaje o las hispánicas polémicas de la guerra a los naturales y de los justos títulos del dominio sobre América.

Una visión más idealista de la posibilidad de formación de una sociedad perfecta, pero no en un paraíso escatológico, sino realmente en la tierra, fue la que proporcionó un nuevo género literario surgido en el entorno del 1500 y también suscitado por el descubrimiento que los europeos hicieron de América: la Utopía, título de una novela de Tomás Moro, y en el que pueden encuadrarse autores de la talla de Erasmo de Rotterdam (Elogio de la locura), Tomás Campanella (La ciudad del sol) y el Inca Garcilaso de la Vega.

Las prácticas mercantiles, desarrolladas desde la Baja Edad Media (ferias, banca, préstamos, letra de cambio), se sofisticaron aún más con el nacimiento de las finanzas públicas (deuda pública, como los juros españoles) acostumbraron a juristas y confesores a enfrentarse con los conceptos teológicamente escurridizos de precio y beneficio (asociados en un principio al lucro y al pecado de usura, garantías ideológicas del predominio social de los privilegiados que basan su riqueza no en el trabajo sino en la renta, y paulatinamente aceptados) y diseñaron el concepto de obligación contractual o responsabilidad limitada.
No es fácil decir cuál es la hermana mayor: la sociedad civil o la sociedad mercantil (otra homónima es la Societas Iesus, la Compañía de Jesús).

La familia y su tratamiento jurídico también experimentan cambios. La modernidad representa el paso de la familia extensa, patriarcal, a la familia nuclear, no necesariamente estable. El divorcio no se convierte en una práctica extendida, y tampoco es original de la Edad Moderna, pero la sonora separación de Enrique VIII y Catalina de Aragón dividiría Europa tanto como la Reforma. Se ha argumentado incluso que los diferentes regímenes del matrimonio y de la herencia, tanto como las distintas religiones conformarán distintas estrategias económicas y mentalidades sociales de cara a la formación de la sociedad capitalista.
Más Información en estos links:
http://es.wikipedia.org/wiki/Edad_Moderna
https://www.google.com/q=la=la+edad+moderna
http://www.historialuniversal.com/2010/08/edad-moderna.html
HECHO POR: Kenneth Carbajal
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